Carmen Mora contra el abigeato a nivel nacional
- Iniciativa aprobada con 351 votos de forma unánime
- La Secretaria de la Comisión de Ganadería, tiene la gran responsabilidad para con tan noble sector
Ciudad de México, octubre 15 del 2020.- Hoy en el pleno de la Cámara de Diputados, se aprobó una iniciativa presentada por la Diputada Federal por MORENA, Carmen Mora García en beneficio de todos los ganaderos del país.
El día 5 de diciembre de 2019 la Dip. Carmen Mora García presentó la “Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal en materia de Abigeato”, al ser necesario establecer normas que protejan y garanticen la seguridad del patrimonio, particularmente en la importancia de inhibir las conductas que afectan a una actividad económica, social y cultural tan importante como es la ganadería la cual provee de trabajos, productos y divisas que son necesarios para la subsistencia del país.
Esto último ya que cuando de conformidad con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el delito de abigeato aumentó en 24 por ciento de 2012 a 2015, teniendo repercusiones millonarias para el sector ganadero, aunado a ello, en enero de 2019 las cifras de ganado tuvieron un repunte por 472 robos, situándose dicho mes en segundo más alto.
A través reforma constitucional de la misma se busca combatir el robo de ganado, el cual afecta en demasía a pequeños y grandes productores por igual.
Como Secretaria de la Comisión de Ganadería, tiene la gran responsabilidad para con tan noble sector, el cual no sólo lleva alimentos a nuestras mesas, si no que además constituye una importante fuente de empleos y de ingresos.
Dado la trascendencia del tema, el día de hoy se votó con 351 votos a favor y 0 en contra, la iniciativa presentada por la Diputada Carmen Mora García, por la que se reforma el artículo 242 bis y se adiciona un artículo 381 Quáter 1 al Código Penal Federal, para quedar de la siguiente forma:
Artículo 242 Bis.- Las mismas penas previstas en el párrafo anterior se aplicarán a quien marque, hierre o tatúe a una o más cabezas de ganado, sin consentimiento de quien legalmente otorgarlo.
Artículo 381 Quáter 1.- Se sancionará con pena de dos a quince años de prisión y multa de hasta dos veces el valor del producto, al que a sabiendas y con independencia de las penas que le correspondan por la comisión de otros delitos:
I. Destace ganado producto de abigeato; o
II. Traslade o transporte ganado producto de abigeato, conjunta o separadamente sus partes.
Se aumentarán las penas hasta en un tercio cuando se traslade o transporte el ganado producto de abigeato a otra entidad federativa o al extranjero. Se aumentarán las penas hasta en una mitad cuando se comercialice, enajene o trafique ganado producto de abigeato, conjunta o separadamente sus partes.
Por ello, con dicha reforma se busca cerrar la puerta a estos actos ilícitos que tanto han lacerado a los ganaderos de nuestro país.
Y confíen en qué ella seguirá luchando en beneficio de los mexicanos que se dedican a las actividades del campo mexicano.